El reglamento debe ser aplicado a toda nueva
instalación o ampliación, en los procesos de Generación, Trasmisión,
Transformación, Distribución y Utilización de la energía eléctrica. Ya sean
públicas o privadas y estén dentro de los límites de tensión y frecuencia aquí
establecidos, es decir, tensión nominal ≥ 24 V en corriente continua (c.c.) o >
25 V en corriente alterna (c.a.) con frecuencia de servicio nominal inferior a
1000 Hz.
Este reglamento se empezó a regir desde del 1° de mayo
de 2005 y si en caso alguno había instalaciones sin estas normas, el
propietario debió dar aplicación de este reglamento. Para garantizar
que no representen alto riesgo para la salud o la vida de las personas y
animales, o atenten contra el medio ambiente, o en caso contrario, hacer las
correcciones para eliminar o mitigar el riesgo.
Tomado de: 2020 Electrica Aplicada, Aplicacion del RETIE
No hay comentarios:
Publicar un comentario